martes, 1 de octubre de 2013

Moción IU León contra la Ley Antiayuntamientos

MOCIÓN AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LEON

D. Manuel Domínguez Chico, Coordinador Local de IU León, viene a formular para su aprobación la siguiente MOCIÓN  CONTRA EL PROYECTO DE LEY PARA LA RACIONALIZACIÓN Y LA SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL


ANTECEDENTES Y MOTIVOS

El Consejo de Ministros del pasado 26 de julio aprobó, finalmente, el Anteproyecto de “Ley para la racionalización y la sostenibilidad de la Administración Local”, después de un año y medio con propuestas contradictorias y con ocurrencias de última hora a miles de municipios españoles, a sus respectivos regidores y a los millones de ciudadanos que son receptores de esos servicios públicos locales.

Tal documento, ya en trámite parlamentario, pretende, desde el gobierno central, modificar radicalmente otro ámbito competencial diferente, el local, sin contar con este ni con la administración autonómica, que tiene en muchos casos las competencias en exclusiva en materia de régimen local. En dicho informe se establecen las líneas principales de lo que supone la demolición del modelo  de gestión pública que se inició en España con los Ayuntamientos democráticos desde 1.979, y que, grosso modo, ha supuesto un avance en el desarrollo del país desde el impulso dado en el ámbito municipal. En lugar de ello, se procede a un desmantelamiento controlado de la experiencia democrática local en la línea tradicional del modelo centralizador y de pulsión autoritaria del actual gobierno, despreciando y desconociendo que el nivel local de gobierno es una estructura nuclear del Estado Constitucional.

La denominada reforma de la administración local no es una reforma: es una demolición. Desprecia el principio rector que ha movido con mayor o menor ambición la normativa de desarrollo de los Ayuntamientos: el de la administración más cercana. Los municipios españoles en 1979 fueron la expresión más evidente de la llegada de la democracia a nuestro país: miles de concejales y concejalas, de alcaldesas y alcaldes, elegidos por sus vecinos, accedieron al gobierno de sus Ayuntamientos desde la preocupación por satisfacer las demandas más acuciantes de sus vecinos, y también, ante la falta de definición constitucional de las competencias locales, a afrontar aquellos retos y actuaciones que fueran impulsadas por la ciudadanía. Desde ese principio de administración más cercana, se configuraron los Ayuntamientos como las entidades que visualizaron la democracia en nuestro país y que representaron la primera experiencia, hasta ahora irreversible, de descentralización política.

La famosa y trágica, por sus consecuencias, reforma del artículo 135 de la Constitución Española en septiembre de 2011, acordada por el PSOE y el PP, recoge el principio de estabilidad presupuestaria como principio rector de todas las administraciones públicas, y a esta obsesión se somete ahora a la administración local a través de esta reforma, sin contemplar las consecuencias sociales en forma de pobreza y deterioro de servicios que esa rigidez provoca en la sociedad, principalmente en las capas populares.

Habla el informe de que elimina duplicidades y competencias impropias, para ajustar la Administración Local a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera consagrados por la Ley 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que desarrolla el citado artículo 135 de la CE. Sin embargo, no se eliminan duplicidades -pues existen las competencias compartidas y se mantiene la posibilidad de que los municipios saneados afronten cualquier servicio-, sino que en todo caso se eliminan competencias propias de los municipios, en aspectos socialmente tan relevantes como educación, salud o servicios sociales, para pasarlas a las Comunidades Autónomas sin un análisis económico financiero serio, sino que de lo que se trata es simplemente de justificar un ahorro final de 8.000 millones de euros (o de 7.100 millones, según la fuente que se consulte), cifras cuya procedencia es un misterio. Al mismo tiempo se les quita la personalidad jurídica a las entidades locales menores y se las amenaza de supresión en un caso flagrante de intromisión en las competencias exclusivas de las Comunidades Autónomas.

Hablan de duplicidades cuando quieren decir desmantelamiento de servicios y privatización de los mismos. Hablan de clarificación de competencias cuando quieren decir reducción a la mínima expresión de la administración local.
        
La reforma respira tutelaje de una administración sobre otra. Ignora las competencias autonómicas sobre régimen local y desprecia a los Ayuntamientos como parte del Estado en pie de igualdad con las demás administraciones. La intervención sobre la obsesión de la sostenibilidad financiera recorre todos los aspectos normativos de dicha reforma. Habla de racionalizar la estructura organizativa cuando quiere decir privatizar servicios y entes instrumentales, y reconoce como uno de los objetivos el favorecer la iniciativa económica privada, evitando intervenciones administrativas desproporcionadas. Aquí reside la clave de bóveda de la reforma: debilitamiento de la democracia local a través de la reducción de sus competencias y la supresión de las Juntas Vecinales, anteponiendo los principios financieros neoliberales sobre cualesquiera otra consideración en la gestión municipal, refuerza la intervención y fortalecimiento de una entidad decimonónica, asociada al clientelismo y la falta de transparencia y control democrático, como son las Diputaciones Provinciales, y busca la privatización de los servicios públicos por esta en los municipios y entidades locales menores que pierdan la titularidad de sus competencias. Llaman profesionalidad y transparencia a la eliminación de la política en el ámbito local.

La reforma huele a moderantismo del siglo XIX, a vuelta al caciquismo y el elitismo en la representación política, y desvían la radicalidad antidemocrática de sus propuestas en la base del ahorro de gastos en cargos públicos, cuando ese ahorro, si es que se produce, supondrá como mucho el 2% del total. Hablan de limitación de remuneraciones al 82% de los cargos públicos locales cuando esa ausencia de remuneración ya existe en esos porcentajes entre los 68.285 concejales y concejalas de los 8.116 municipios españoles.

La reforma refleja, finalmente, los prejuicios neoliberales, carentes de conexión con la realidad de los Ayuntamientos, de que sobra Estado y municipios -36.000 hay en nuestro país vecino, Francia- o están muy endeudados -El porcentaje de deuda local en relación con la deuda de las administraciones públicas, antes de estudiar el impacto de los planes de ajuste, es del 4,5%, y de este porcentaje, el 40% lo suman 10 ciudades de más de 250.000 habitantes, excepto Ceuta, empezando por Madrid, con el 22,5% de la misma-. En el caso de las entidades locales menores esta deuda prácticamente es cero.

Ningún dato avala el cumplimiento del supuesto ahorro neto mencionado entre los años 2013 a 2015, a no ser con el coste en recortes en forma de competencias, recursos, eliminación de servicios y destrucción de empleo público municipal.
        
En definitiva, la reforma de la administración local supone el mayor ataque a los ayuntamientos democráticos en la corta experiencia histórica de los mismos; es una vuelta a la centralización y al papel tradicional de aquéllos como meros ejecutores de las políticas del gobierno central.

El Consejo de Ministros, con esa iniciativa, pretende convertir en una excepcionalidad histórica la experiencia democrática de los ayuntamientos españoles iniciada en 1979.

Esta reforma elimina el poder de lo más cercano, aleja a la ciudadanía de la gestión de lo público, y fortalece la deriva autoritaria, el alejamiento de la política de una población que exige más participación, más democracia y más transparencia. El gobierno responde con más tutelaje, menos democracia y menos participación en los asuntos públicos.

En este sentido, el borrador de la reforma que se pretende está impregnado de los principios del reformado artículo 135 de la Constitución Española así como de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestara y Sostenibilidad financiera, que condiciona todas las actuaciones relacionadas con las competencias, servicios y atención a la ciudadanía que los Ayuntamientos vienen prestando, desde la pretendida intención de eliminar competencias.
Desde su constitución en 1979, los Ayuntamientos democráticos han ido desarrollando sus actuaciones  en el servicio de la comunidad a la que gobiernan en dirección a una permamente aunque desigual descentralización, asumiendo competencias en aras a la mejora de la vida de la ciudadanía a la que sirven y gobiernan.

Esta reforma pretende el desmantelamiento de la referencia más cercana a la ciudadanía, el primer nivel de acceso a la representación popular, y lo sustituye por la eliminación de competencias y servicios consolidados, así como por una ausencia de financiación que aboque a la privatización de los que queden. En resumen, provoca:

1.- Tutela y control sobre la administración local, otorgando a las Diputaciones provinciales o entes equivalentes, no únicamente la “coordinación de servicios”, sino relevantes competencias, entre ellas, las de gestión tributaria.
2.- Vinculación del coste efectivo (antes estándar) de los servicios, considerando a la administración un mero árbitro del tráfico jurídico, cuyos parámetros vendrán determinados por una mera Orden ministerial.
3.- Estabilidad presupuestaria  y sostenibilidad financiera como único patrón de medida, del que depende la autonomía municipal. Se produce por ende reestructuración del sector público local, que potencia la iniciativa económica privada, y por añadidura, la creación de lobbies empresariales para la prestación de servicios.
4.- Aparición de un nuevo mecanismo o protocolo vehiculador de la fusión entre ayuntamientos: el convenio de fusión (aprobado por mayoría simple de los plenos
Municipales), que en algunos casos supone una clara imposición, no se sabe si a decisión del Gobierno o de las Cortes.
5.- Desapoderamiento y vaciamiento de competencias del ámbito local, dejando a los Ayuntamientos como entidades meramente formales.
6.- Subsidiariedad e imposibilidad “de facto” de la iniciativa pública empresarial.
7.- Establecimiento de mecanismos de ajuste o redimensionamiento (como expone el texto) sobre el personal al servicio de las administraciones públicas.
Por todo lo anteriormente expuesto, IU León propone al Pleno del Ayuntamiento los siguientes acuerdos:

1.- La retirada inmediata del texto del Proyecto de Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la administración local.
2.-  Adherirse  a las acciones legales que se interpongan para intentar parar esta reforma incluido en su caso el recurso de inconstitucionalidad.           
3.- Adherirse a cuantas plataformas se pongan en marcha en defensa de un municipalismo democrático y cercano a los intereses de la ciudadanía.
4.- Una propuesta de trabajo para la reforma local que analice y reflexione sobe los siguientes aspectos:
·                     Suficiencia financiera y autonomía política.
·                     La ciudad como pilar del desarrollo económico y de un nuevo modelo productivo.
·                     Reforma del modelo de Estado.

5.- Instar la convocatoria inmediata de una reunión extraordinaria de la Federación Española y Madrileña de Municipios, en donde debatir un texto consensuado

6.- De estos acuerdos se dará traslado al Presidente de Gobierno y a  todos los Grupos Parlamentarios de las Cortes Generales.

En León, a 27 de septiembre de 2013



Fdo.: Manuel Domínguez Chico

Coordinador Local de IU León



ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCEMO. AYUNTAMIENTO DE LEON

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